domingo, 9 de diciembre de 2012

¿Avalar o no avalar? Esa es la cuestión

Se puede presentar la ocasión de que nos pidan ser avalistas para que algún familiar nuestro pueda obtener su hipoteca; requisito imprescindible en muchos casos para que se concedan.

Ante esta circunstancia, ¿Qué consecuencias tiene ser avalista en una hipoteca?

Tenemos que saber que la consecuencia principal es que responderemos con todos nuestros bienes, no sólo los presentes, sino también con los futuros, en caso de impago de la hipoteca. Esto quiere decir, efectivamente, que pueden quitarnos nuestra casa, en el caso de que el embargo de la vivienda habitual no cubra la totalidad de la deuda (algo habitual si se han sumado gran cantidad de intereses de demora, etcétera).

Incluso el banco podría dirigirse directamente al patrimonio del avalista sin pasar por el del patrimonio del titular, porque lo considere más solvente o de cobro más fácil.

Existe la creencia, errónea, de que el avalista sólo responde con su nómina ("aval de nómina") y que sólo se podría retener un porcentaje de la misma. Esto es absolutamente falso, y tenemos que saberlo.

En resumen, no tendremos que avalar a no ser que estemos dispuestos a perder nuestros bienes en caso de insolvencia del hipotecado, algo que es para pensarse muy seriamente.

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